Breve del Papa Pio XI
La Bienaventurada Virgen Madre de Dios, bajo el titulo popular del Lledó, es venerada con gran muestra de amor, desde hace más de cuatro siglos, por la ciudad de Castellón de la Plana, en la Diócesis de Tortosa, como su Celestial Patrona.
Estos fieles, agradecidos a Ella, insigne por la multitud de gracias, acostumbran hacer fiesta todos los años en la primera dominica de Mayo; dicho dia, la Imagen de la Madre de Dios, María del Lledó, es llevada con gran solemnidad y procesionalmente, en especial por los hermanos de la Cofradía que, bajo el nombre de la misma Patrona la Virgen Madre de Dios, esta eregida canónicamente desde hace tiempo y en el presente actúa y florece con ferviente devoción.
Y como quiera que el Clero y el pueblo de la gloriosa Ciudad han suplicado con insistencia la más alta confirmación de la Sede Apostólica del mismo Patronazgo, presentando sus peticiones, el Rvdmo. Sr. Pedro Rocamora y García, Obispo de Tortosa, ha pedido humildemente al Santísimo Señor nuestro Papa Pio XI, se dignase declarar a la Bienaventurada Virgen María del Lledó, Patrona Principal de la Ciudad de Castellón de la Plana.
Además ha pedido que en la misma ciudad se permitiese celebrar, con el rito debido, la Fiesta de la misma Madre de Dios del Lledó, el sábado de la primera dominica de Mayo, pudiendo también celebrar su solemnidad externa en la dominica siguiente de la Fiesta.
Por lo tanto, habiendo sido presentadas por el infrafirmado Cardenal Prefecto de la Sagrada Congregación de Ritos las mismas suplicas, Su Santidad movido por la piedad y con suprema autoridad, declaró y constituyó a la Bienaventurada Virgen María, con el titulo popular de Lledó, patrona principal de la Ciudad de Castellón de la Plana, con todos los mismos honores y privilegios propios que competen por derecho a los principales patronos de los lugares.
Asimismo, se ha dignado conceder la facultad de que la Fiesta de la Bienaventurada Virgen María del Lledó, se celebre todos los años en el sábado anterior a la primera dominica de Mayo, y la Solemnidad externa en la misma Dominica del día siguiente: observando todas las Rubricas. Que no haya nada en contrario.